martes, 5 de mayo de 2009

El Sitio del Suceso

Generalmente ocurre una transferencia de materias cuando los objetos o personas tienen contacto entre si. En un acto criminal, el agente delictivo puede dejar rastros físicos en el sitio del suceso. El desplazamiento de esta materia, ya sea grande o microscópica, es la base o fundamento para analizar un sitio del suceso. Consecuentemente, evidencia es cualquier objeto que pueda vincular o conectar al posible sospechoso con el sitio del suceso.
El sitio del suceso es la ubicación donde se está o se ha desarrollado una actividad delictiva o un hecho punible. Este sitio puede ser abierto, cerrado o mixto, según las condiciones de acceso público, vista al público y exposición a la intemperie.
· Sitio del suceso abierto: es aquel que esta expuesto al público, a la vista de este o de la intemperie. Ejemplo: Cancha de Football, calle o acera de una ciudad, entre otros.
· Sitio del suceso cerrado: por el contrario del anterior, es aquel que no esta expuesto ni al público ni a la intemperie. Ejemplo: Cuarto de un apartamento, oficina, entre otros.
· Sitio del Suceso Mixto: es en el que una o más de estas circunstancias no esta presente. Ejemplo: Cancha de Basketball techada o cercada.

El sitio del suceso puede ser también original o modificado, como su palabra lo dice si en todo o en alguna de sus partes ha sido alterado por curiosos, imprudentes o personas interesadas en ocultar la verdad de los hechos.
También puede ser simple o compuesto dependiendo de la naturaleza del hecho ya que algunos delitos se desarrollan en diferentes ambientes.
En algunos casos (homicidio por ejemplo), existe el sitio de liberación, que es aquel donde el agente delictual ha abandonado la victima después de cometer el hecho.
Existe también el sitio del suceso prolongado, que se origina cuando parte del mismo debe ser trasladado a un laboratorio o sitio especial para practicar análisis y exámenes que no son posibles al momento de su colección. Ejemplo claro de este tipo de sitio del suceso es cuando un homicidio o secuestro fue cometido dentro de un vehiculo o con la utilización del mismo, y este automotor es llevado a la sede del C.I.C.P.C. para ser analizado a fondo.
Para un correcto análisis y evaluación de un sitio del suceso existen diferentes pasos que el investigador profesional debe seguir. A saber:
· Observación: observar es examinar con atención el sitio del suceso para poder advertir cualquier elemento de interés criminalístico.
· Protección: es de vital importancia la preservación del lugar del hecho ya que esto permite a los investigadores analizar una escena de crimen que no ha sido contaminada o alterada. esta puede ser:

1. Física: se realiza a través de cuerdas, cintas, entre otros, en sitio del suceso abierto. Cerrando las puertas, ventanas y vías de acceso en sitio de suceso cerrado.
2. Humana: por medio del personal de el cuerpo de investigaciones a cargo del cual esta encomendada la labor y de los cuerpos auxiliares que por lo general son los primeros que llegan a la escena de un crimen.
· Fijación: esta puede ser:
1. Descriptiva: aquí se emplean todos los sentidos que posee el ser humano para percibir el contenido del sitio. Se realiza mediante informes o levantamientos escritos en donde se describe con exactitud la fecha hora y lugar en que se hace la labor de investigación de un sitio del suceso además de describir la propia escena. Su fundamento legal lo podemos encontrar en por ejemplo los artículos 214 y 239 del Código Orgánico procesal Penal que preceptúan la forma y modo en que deben practicarse las experticias, exámenes periciales y comprobaciones de hechos en circunstancias o casos especiales.
2. Fotográfica: es un medio de comunicación visual que debe registrar un máximo de información útil que permita entender claramente donde y como se cometió el hecho. Los investigadores deben apoyarse en el empleo de equipos fotográficos y filmadoras de video para la fijación del sitio desde diferentes ángulos junto con las fotografías que corresponden a los elementos encontrados con ayuda de flechas testigo y testigos métricos. Estas pueden ser generales (cuando el lugar no lo puede abarcar una sola exposición se deben tomar varias sucesivas para obtener una panorámica); de detalle, cuando se toma en forma particular un objeto fijando y midiendo en algunos casos; de mínimo detalle, cuando se trate de captar o fijar detalles en un objeto o un hallazgo mínimo.
3. Planimétrica: Corresponde al levantamiento planimétrico que proporciona información científica mediante diferentes métodos de la escena del crimen, es decir, consiste en la elaboración de un plano que de la idea del sitio del suceso y de los lugares mas cercanos incluyendo detalles como edificios, vías, entre otros. Debe acompañarse de planos de terrenos circundantes y planos de detalle. Deben determinarse la dirección de la brújula, tomar medidas lo mas exactas posibles con su respectiva escala. Existen planos de lugares cerrados donde las seis caras del lugar se plasman en forma abatida por lo que se le llama plano de Kenyerer, o plano ortogonal.
· Rastreo: existen diferentes métodos pero los más utilizados son el circular, por cuadrantes y lineal.
· Colección: se trata del proceso de colectar elementos de interés criminalístico del sitio del suceso para ser analizados en los laboratorios con el objeto de que arrojen información de certeza o de orientación que pueda ser utilizada como evidencia con el objetivo de responder las interrogantes propias de un crimen. Se toman muestras representativas para realizar exámenes fundamentales confirmatorios y ulteriores.
· Interpretación: corresponde en este paso que los investigadores, basándose en la información previa obtenida, realice un análisis para luego unir dicha información.
· Conclusiones: Se refiere este paso a la formulación de hipótesis que permitirán orientar las investigaciones posteriores sobre el hecho punible acaecido fundamentando estas premisas en el análisis preliminar realizado sobre la base de la información obtenida para el momento.

El autor es de la opinión, de que son de mucha importancia las razones por las cuales no se debe tocar, mover o cambiar ningún objeto en el sitio del suceso ya que pueden contaminarse, destruirse, o alterarse los elementos de interés criminalístico por lo cual el investigador debe manejarse con mucha precaución para evitar cualquiera de estas lamentables consecuencias.
Se debe tomar en cuenta que factores tales como corrientes de aire, lluvia, fuego, entre otros, o acciones encaminadas deliberadamente a confundir las pesquisas, pueden alterar los resultados de la investigación.
Así mismo cada material debe ser marcado inmediatamente en su colección por el investigador, dejando constancia del sitio de localización, marca de fábrica, etiquetas, seriales o cualquier descripción general del objeto.
Una crítica siempre presente en el manejo de evidencia por parte de los cuerpos de investigación es lo referente a la cadena de custodia. Preservar un material es una tarea de gran relevancia orientada a mantener la integridad de su naturaleza y contenido, pérdida y alcance de manos de curiosos e imprudentes
Con respecto al video planteado en clases, se puede inferir que en un principio la escena del crimen era implícita ya que un vecino del inmueble escuchó varios disparos y los organismos de seguridad al llegar al sitio se percataron de que el presunto agente delictivo se encontraba aún en el sitio. Queda claro que una vez controlada la situación y puesto en custodia el sospechoso la escena debía ser preservada inmediatamente así como todos los elementos que en ella había. La principal irregularidad fue la manipulación inadecuada de un arma de fuego que pudiere estar involucrada o no en el hecho, sin embargo fue tomada por el policía sin cumplir las reglas básicas para este tipo de objeto. Otra circunstancia era el hecho de que el policía infirió daño físico no necesario sobre el sospechoso ya que esto pudiera alterar la condición del mismo trayendo consecuencias graves a la hora de su imputación. Otra clara violación en lo que al sitio del suceso se refiere es la insistencia del investigador en ser el quien lleve la batuta de la misma o intervenir directamente en esta actividad lo que representa falta de ética profesional ya que se encuentra afectado emocionalmente por una circunstancia muy particular (tenia relación interpersonal con la victima), lo que puede ocasionar falta de garantía en la investigación que se hace y una posible alteración del sitio del suceso con fines personales. Así como un juez debe inhibirse en el supuesto de que lo toque juzgar a un familiar o amigo con el que se tenga un vínculo cercano, el investigador debe evitar estas circunstancias especiales. Es evidente que el trabajo del investigador es el de ubicar los elementos de convicción que permitan al ministerio público culpar al imputado pero también el de garantizar justicia. Bajo estas circunstancias es muy difícil lograr ese objetivo.

La Problematica de la Criminalidad

criminologiaLa problemática de la criminalidad no es una simplicidad, pues agobia a casi todos los países del mundo. Lo que si es propio y específico de cada pueblo, de cada ciudad, es sobre los delitos que se cometen y el modus operandi de este. Así mismo resultan muy autóctonos la variada gama de factores que influyen en esta grave dificultad. Pero la dificultad va más allá de las causas y se extiende hasta el que hacer frente a ella, toda vez que los ciudadanos comunes y silvestres, hemos delegado en el estado la labor de no solo protegernos, sino también controlar, erradicar y prevenir este mal.
Surge entonces la interrogante: ¿es adecuada la política criminal actual?, tal vez la respuesta a esta incógnita se encuentre en que el ser humano de hoy rompa paradigmas sobre los pensamientos acerca de la criminalidad, en lo que se hace y se deja de hacer; en las exigencias a las que nos debemos frente a un estado ineficiente y austero en esta área.
No es inequívoco el pensar que sea necesaria la presencia policial, o que estos tengan más o mejores armas, sin embargo esto dista mucho de ser la medida precisa pues no esta basada en la realidad de nuestra sociedad. Comprende pues la necesidad de que la criminología como ciencia juegue el papel más relevante desde sus orígenes, a saber, el rol de la respuesta acertada.
Son muchos los vértices del asunto, por un lado nos encontramos con un ordenamiento legislativo plagado de vicios y lagunas jurídicas, en razón de que los legisladores intentan tapar el sol con un dedo creando normas, modificando otras, con la intención de remendar un nuevo tipo penal producto de la injusticia social cotidiana. Esto, ha traído como consecuencia, una descodificación total de la norma sustantiva, tipos penales que coinciden en todo, menos en el nombre; o con diferentes sanciones en una u otra ley. La jurisprudencia activa, producto de las máximas de experiencia de nuestros ilustres ejemplos de sabiduría y equidad, actualizan, discuten y llenan los vacíos pero solo para los que se enteran, culminando hasta en la derogación desconocida de normas que le dan tipicidad a determinados actos.
Se pueden citar, por ejemplo, casos como el de la competencia en el caso de delitos donde un niño o adolescente son parte bien como victimario o como víctima, lo que a su vez decanta en la confusión de la norma a aplicar. Se suma el problema de la competencia de nuestros tribunales civiles sobre los divorcios donde hay hijos de por medio, para lo que se cuenta solo con la participación del ministerio público como observador y simple requisito de procedencia mas que como la garantía de que la separación de un hogar, la venta de la vivienda con objeto de la separación de bienes; pudieran estos ser efectos traumáticos para un adolescente y que originen violencia.
Existen tipos penales que no están claros en el ámbito penal. Muestra de ello es el caso de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tema donde existe mucha tela que cortar aún. Otro caso es los más novísimos. Si bien se promulgó una ley contra los delitos informáticos, esta ataca principalmente los delitos contra la propiedad, sin embargo el tópico de la pornografía se trastoca muy superficialmente. Más nuevos aún son los delitos de acaparamiento y los inherentes a la incorrecta utilización de los productos de consumo subsidiados por el estado.
Al respecto, vale citar a Mayorca (1999) quien nos dice:
“Cuando el derecho no es capaz de asegurar un cierto grado de aplicabilidad, de factor y control social que se le suponía, se convierte en traba a la conducta humana tolerada y puede llegar, por si mismo, a ser factor de comportamientos prohibidos. Entonces podemos hablar del Derecho como factor criminógeno.”

De la anterior cita se desprende la premisa de que en el argumento del derecho penal siempre se está un paso atrás que la delincuencia, por lo tanto debe hacerse una reestructuración del mismo y traer a colación todas esas normas que han surgido sin ser codificadas ya que resulta ineficaz el sistema actual. Esto se evidencia en que la consecuencia jurídica inmediata a la comisión de un delito no es expedita, motivado a la inadecuación del sistema judicial para tales efectos.
En el mismo orden de ideas, el tema penitenciario, no escapa de esta dificultad. No es secreto la situación actual de los centros penitenciarios y cárceles del país, colmados de hacinamiento, insalubridad, mal trato a reclusos y familiares de estos, corrupción y tráfico interno, entre otros.
El gobierno actual a puesto en marcha el Proyecto de Humanización del Sistema Penitenciario, a través del Ministerio para el Poder Popular de Interior y Justicia, de la mano del Fondo Nacional para Edificaciones Penitenciarias (FONEP) lo que representa una alternativa para aliviar la emergencia carcelaria que experimenta el país. Consiste en la creación de nuevos módulos de reclusión que a juicio de los representantes del ministerio, garantizaran un tratamiento integral y clasificación de la población reclusa. Sin embargo, a los efectos solo se ha inaugurado un solo módulo de esta naturaleza, específicamente en la localidad de coro y el cual posee capacidad para 870 internos. Los autores somos de la opinión de que aunque representa un paso importante, esto no resuelve la problemática penitenciaria pues la población penal es mucho mayor de lo que se cree, lo que representa poca celeridad para este proyecto. Entre los beneficios de este programa, se destacan iniciativas de relevancia en política criminal tales como la distribución de los reclusos en módulos de observación de mínima, mediana y máxima seguridad; de mujeres y madres; de aislamiento y destacamento de trabajo lo que permitirá la ejecución acertada de funciones de administración, seguridad y custodia, reclusión, prestación de servicios al interno, utilización de áreas de tratamiento educativo, cultural, deportivo, salud y trabajo.
Se tiene la falsa creencia de que los sistemas penitenciarios de Europa e inclusive los del “norte”, resultan más eficaces que los de Latinoamérica. Nada más lejos de la realidad; y tal vez esta circunstancia sea la causa del error en la implementación de estrategias criminales copiadas de estos sistemas. Las estadísticas mundiales arrojan que la crisis de la inseguridad es mas acentuada en países como Estados Unidos, el Reino Unido, Portugal y España y peor aún en países que son o han sido colonias de estos hasta data reciente y que pudieran ser reflejados por los medios de información como paradisíacos, ejemplo de estos, las Islas Caimán, Islas Vírgenes o Bermudas.
Como se menciona en el principio, Venezuela tiene la particularidad de ser un país sub.-desarrollado, pero en una clara y acelerada vía de desarrollo. Esto origina los problemas de ambos tipos de país. Por un lado la disconformidad socioeconómica pronunciada en la población, circunstancia propia de un país subdesarrollado, como principal efecto, no limitativo, por otro, el gran crecimiento en la demanda de tecnología, turismo, comodidad, beneficio económico, consumo, entre otras; rasgo natural de nuestras ciudades ansiosas por convertirse en grandes metrópolis.
En conclusión, la política criminal la determina la sociedad y es menester que la criminología intervenga en cada uno de los lineamientos de ésta, siempre con la orientación de que se trata de un problema y que por lo tanto tiene soluciones que no se sustentan solo en la represión ya que en este apartado la restricción de la libertad debe ser el último recurso a utilizar. Debemos entonces estudiar al delincuente no como un sujeto castigable, sino como un ser humano regenerable.