PROPUESTA DE ORDENANZA DE
SOLICITUD, TRAMITACION Y EXPEDICION DE LA
CONFORMIDAD DE USO
Los
órganos y entes de la Administración Pública Municipal deben dirigir amplios
esfuerzos para servir eficientemente al pueblo mediante la plena satisfacción de
las necesidades colectivas. En tal sentido, quienes integran la Administración Pública
Municipal deben ser ante todo servidores, quienes en cumplimiento de su deber y
en la búsqueda de satisfacer los requerimientos de los ciudadanos presten sus
servicios administrativos con un marco legal debidamente establecido.
Históricamente
la Conformidad de Uso se viene otorgando sin el desarrollo adecuado de un
cuerpo normativo que permita dejar atrás la discrecionalidad de los
responsables de conferir el permiso in comento y garantizar una continuidad
de criterios que disminuyan en su máxima expresión los traumas burocráticos a
los que los solicitantes son sometidos con frecuencia.
Lo
anterior tiene su fundamento en que para
la defensa de la zonificación existen escasos recursos jurídicos como los
artículos 47, 102 y 103 de la Ley Orgánica
de Ordenación Urbanística. Así mismo, en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela en su Artículo 179 Numeral 2 se establece que los ingresos que
tienen los Municipios son entre otros las tasas por el uso de sus bienes o
servicios; las tasas administrativas por licencias o autorizaciones.
Bajo el
marco normativo regulado en las normas jurídicas supra mencionadas y con la
intención de fortalecer la administración con instrumentos jurídicos adaptados
a las nuevas realidades que estos tiempos nos exigen, se hizo
necesario
el estudio, análisis y creación de la Ordenanza Sobre Solicitud, Tramitación y
Otorgamiento de Uso Conforme.
CAPITULOL I
DISPOSICIONES GENERALES
Alcántara del Estado Aragua, deberán ajustarse a todas las
condiciones y requisitos exigidos por la presente Ordenanza y por los
Reglamentos, Normas Técnicas y Disposiciones particulares que rigen la materia.
ARTÍCULO 2.- Las directrices generales y las especificaciones detalladas sobre zona y áreas destinadas a distintos usos, de determinaran en los planos de desarrollo de las distintas regiones que conforman el Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua debidamente aprobados por el Concejo mediante Ordenanza dictada para tal fin o en su defecto por las normas técnicas que al respecto establezca la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 3.- El Funcionario o Funcionaria Publico Municipal competente no expedirá, la Patente de Industria y Comercio, si el uso que se le dará al inmueble respectivo no está ajustado a lo establecido en la Ordenanza de Zonificación vigente o en su dotación de una certificación expedida por la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 4.- A los fines de la aplicación e interpretación de la presente Ordenanza, se incluye las siguientes definiciones:
EDIFICIO: Es todo aquel techado de carácter permanente, donde una o más personas pueden desarrollar cualquiera de las siguientes actividades: habitación, comercio, industria, servicios y otros.
EDIFICIO COMERCIAL: Es el destinado principalmente al comercio mercancía o a prestación de servicios.
EDIFICIO INDUSTRIAL: Es aquel en cual se fabrican o elaboran productos terminados o materiales primas para otras industrias. También se consideran como tales aquellos donde funcionan establecimientos que producen servicios públicos como: Centrarles de energía, de teléfono, de gas y otros.
INSPECCION TECNICA: Es la diligencia efectuada por los funcionarios Públicos o Funcionarias Publicas de la Oficina de Planeamiento Urbano u otro con competencias en la materia, con el fin de conocer las condiciones de una construcción, de una instalación o de una obra existente, en ejecución o paralizada; tanto en cuanto a su resistencia y estabilidad, como en cuanto a otras Normas o exigencias técnicas sobre construcción que le afecten.
CAPITULO III
DEL
PROCEDIMIENTO PARA OBTENER
LA
CONFORMIDAD DE USO
ARTÍCULO 5.- Todo aquel que desee obtener el permiso de
Uso Conforme, deberá dirigirse por escrito a la oficina encargada de velar por
el cumplimiento de la Planificacion
Urbana Municipal a fin de solicitar y obtener el certificado correspondiente
PARAGRAFO UNICO: La oficina encargada de velar por el
cumplimiento de la Planificacion Urbana
Municipal resolverá y comunicara al propietario mediante oficio sobre dicha solicitud
dentro de los Quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación.
ARTÍCULO 6.- La solicitud de un permiso de Uso Conforme
deberá acompañarse de los documentos y planos por duplicado, que se indican a
continuación:
1.
Plano
de Mensura debidamente registrado y actualizado en la Oficina Municipal de Catastro.
2.
Plano
de cada piso, con indicación completa y exacta de las dimensiones de cada local
y su uso.
3. Copia
de documentos de propiedad, o contrato de arrendamiento si el terreno es Municipal
o de la Nación.
4.
Solvencia
Municipal del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua.
5.
Permiso
otorgado por el Cuerpo de Bomberos.
6. Planilla
de solicitud de permiso de Uso Conforme. Y las demás que les sean requeridas
según disposiciones que rigen la materia.
7. Aval
del Consejo Comunal u otro ente de Organización Comunitaria en el caso de actividades
superior a la escala de comercio intermedio.
ARTÍCULO 7.- La solicitud y los documentos a que se
refiere el artículo 6, deberán estar firmados por el propietario o su apoderado
y por el o los profesionales que intervinieron.
.ARTÍCULO
8.- Los planos
consignados con el objeto de obtener el permiso respectivo, deben ser
presentados en una escala de 1.50, siempre y cuando los objetos a representar,
no excedan un área de un mil doscientos metros cuadrados (1.200 mtrs2) y en
laminas de dimensión internas de noventa por sesenta centímetros dobladas en
rectángulos de treinta por veinte centímetros.
ARTÍCULO 9.- La oficina de Planeamiento Urbano podrá
exigir cualquier cálculo complementario, detalles arquitectónicos o estructurales,
y fijar las normas y directrices que considere necesario cada solicitud.
ARTICULO
10.- El permiso será
otorgado una vez cumplido los extremos de ley exigidos y verificado el pago de
la tasa administrativa correspondiente. Podrá ser otorgado con observaciones de
requerimientos adicionales no consignados que por su naturaleza o requisitos de
ley deban ser obtenidos en otras instituciones cuyas sedes se encuentren fuera
del Municipio o cuyo trámite requiera de un lapso prolongado para su obtención.
ARTICULO
11.- El Uso conforme
deberá ser sometido a revisión anualmente a solicitud de parte interesada o de
oficio cuando la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano así lo requiera.
CAPITULO IV
DE LA CADUCIDAD, SUSPENSION Y
CANCELACION DEL PERMISO DE USO
CONFORME
ARTÍCULO 12.- Todo permiso caducara, si transcurrido seis
(6) meses de haberse otorgado no se hubiere consignado algún requerimiento
expresamente solicitado como condición de otorgamiento.
ARTÍCULO 13.- Si un permiso ha caducado y posteriormente
se pretende iniciar o continuar la actividad económica, deberá hacerse una
nueva petición.
ARTÍCULO 14.- Los permisos de Conformidad de Uso otorgados
serán suspendidos en el caso siguiente: Cuando aplicada la sanción por
infringir algunos de los artículos contenidos en esta Ordenanza, el propietario
de la empresa o razón social se negara a cumplirlas o cuando reincida en la
misma infracción.
ARTÍCULO 15.- Los permisos de Uso Conforme concedidos por
la Oficina de Planeamiento Urbano Municipal podrán ser suspendidos por la
Cámara Municipal, cuando se comprueben manejos dolosos fraudulentos en su
obtención, o cuando las razones que lo motivan son manifiestamente contrarias a
las normas de zonificación; de Urbanismo o de ornato vigente, a juicio de la
Cámara Municipal.
ARTÍCULO 16.- La caducidad o suspensión de permisos, no
da al propietario el derecho de reintegro sobre las tasas percibidas por el Tesoro
Municipal ni a indemnización Alguna.
CAPITULO V
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 17.- Lo no previsto en la presente Ordenanza
será sometido a consideración por el Concejo del Municipio Francisco Linares Alcántara
del Estado Aragua, por parte del Alcalde o Alcaldesa, o previo informe
presentado por la oficina encargada de velar por el cumplimiento de la Planificación Urbana Municipal en los
casos que lo ameriten.
ARTÍCULO 18.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a
partir de la de la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal.
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