miércoles, 5 de agosto de 2020

PROYECTO DECRETO SOBRE LA GESTION FINANCIERA DEL SERVICIO AUTÓNOMO PARA EL MANEJO INTEGRAL DE LOS DESECHOS SOLIDOS DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA

 

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ESTADO BOLIVARIANO DE ARAGUA

MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA

 

DECRETO SOBRE LA GESTION FINANCIERA DEL SERVICIO AUTÓNOMO PARA EL MANEJO INTEGRAL DE LOS DESECHOS SOLIDOS DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE ARAGUA

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El Decreto N° DA/-004/2014 mediante el cual se crea el Servicio Autónomo Municipal de Manejo Integral de los Desechos Sólidos del Municipio Francisco Linares Alcántara publicado en Gaceta Municipal constituye el instrumento normativo municipal mediante el cual se regula la organización, estructura y funcionamiento del Servicio Autónomo Municipal de Manejo Integral de los Desechos Sólidos del Municipio Francisco Linares Alcántara, en el ámbito de las competencias que les fueron asignadas a los municipios por la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y la Ley Orgánica de Manejo Integral de los Desechos Sólidos. En ese sentido, visto que luego de un proceso de adecuación y consolidación del servicio autónomo, resulta necesario adelantar los procesos administrativos, de recaudación y financieros que garanticen la prestación del servicio público en condiciones óptimas para todos los habitantes del Municipio Francisco Linares Alcántara, elevando así la calidad de vida de dichos ciudadanos. En este sentido, se propone el Decreto sobre la Gestión Financiera del Servicio Autónomo para el Manejo Integral de los Desechos Sólidos del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Bolivariano de Aragua; de tal modo que este Decreto quedará estructurado de una manera sencilla en un solo cuerpo de artículos dada su especifidad sobre la apertura, gestión y cierre de cuentas bancarias, recaudación por la prestación del servicio y procesos administrativos de auditoria y control.

 

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ESTADO BOLIVARIANO DE ARAGUA

MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA

 

El Alcalde del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Bolivariano de Aragua, Prof. Alexis Remigio Zamora, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 54, numeral 4, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, Decreta:

 

DECRETO Nº 00X/2019

 SOBRE LA GESTION FINANCIERA DEL

SERVICIO AUTÓNOMO PARA EL MANEJO INTEGRAL DE LOS DESECHOS SÓLIDOS DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA

DEL ESTADO BOLIVARIANO DE ARAGUA

 

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1°: Objeto Este Decreto tiene por objeto regular la gestión financiera del Servicio Autónomo para el Manejo Integral de los Desechos Sólidos del Municipio Autónomo Francisco Linares Alcántara del Estado Bolivariano de Aragua, de conformidad con la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y las demás normas nacionales y municipales que regulan la materia.

ARTÍCULO 2°: Funciones respectivas del Superintendente. De conformidad con el numeral 14 del Articulo 4° del Decreto DA-004/2014 y el Artículo 5, ejusdem, las funciones administrativas y financieras del Superintendente Municipal de Manejo Integral de los Desechos Sólidos son:

  1. Apertura, gestión y cierre de cuentas de cualquier tipo por ante las entidades financieras.
  2. Realizar evaluaciones en las diferentes cuentas de los estados financieros.
  3. Realizar el balance financiero
  4. Coordinar y centralizar las funciones administrativas, contables y velar por el cumplimiento del presupuesto establecido para el ejercicio fiscal.
  5. Realizar las actividades correspondientes a la dotación de los servicios de conserjería, mantenimiento, comunicación y centralización de adquisición de bienes muebles, materiales, equipos de oficina y servicios que requieran todas las otras Direcciones y oficinas que conforman la administración de la superintendencia para su adecuado funcionamiento.
  6. Proporcionar periódicamente a las demás dependencias del Municipio, información objetiva y oportuna a los fines estadísticos de análisis financiero y de control administrativo.
  7. Controlar y mantener el parque automotor y de los equipos adscritos al Ejecutivo Municipal o aquellos que por razón de interés deban ser llevados a reparación.
  8. Garantizar las compras de materiales y suministros, requeridas para el cumplimiento de los objetivos y el buen funcionamiento del servicio municipal, conforme a los planes, programas y proyectos establecidos.
  9. Autorizar el pago de los compromisos adquiridos en la ejecución presupuestaria, mediante la preparación de las órdenes de pago correspondientes.
  10. Las demás que establezcan las ordenanzas, reglamentos o instrucciones del Alcalde o Alcaldesa o del Director o Directora de la Dirección Estratégica para el Desarrollo Urbano.

ARTÍCULO 3°: Funciones respectivas del Dirección de Gestión Interna: además de las señaladas por Decreto DA-004/2014 las funciones administrativas y financieras del director son:

  1. Controlar y garantizar el registro de los bienes inmuebles adjudicados a la superintendencia.
  2. Garantizar que los bienes inmuebles adjudicados, sean registrados a nombre del Municipio.
  3. Realizar seguimiento y control de los sistemas financieros que se encuentren a su cargo.
  4. Retener, controlar y enterar los Impuestos Nacionales y Estadales, según lo contemple la normativa vigente para el Impuesto Sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ley de Timbres Fiscales del Estado Aragua.
  5. Controlar y resguardar el archivo general (Inactivo) que corresponda a la información administrativa, cuyo contenido sea de interés histórico, estratégico o jurídico para el Municipio; todo ello en cumplimiento a las leyes que rigen la materia.
  6. Coordinar y centralizar los procedimientos contables del Municipio, conforme a las normas dictadas por autoridades nacionales competentes.
  7. Manejar la información suministrada por el Registro Municipal de Contratistas, proveedores, conforme a la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

ARTÍCULO 4°: Funciones respectivas de la Dirección de Gestión Operativa: además de las señaladas por Decreto DA-004/2014 las funciones administrativas y financieras del director son:

1.    Programar, coordinar y supervisar los servicios generales de la superintendencia Municipal, así como de los demás órganos del gobierno local, salvo que dichas funciones se encuentren desconcentradas.

ARTÍCULO 5°: Las normas y procedimientos referentes a la elaboración del Presupuesto y a la evaluación y control de la gestión del Servicio Autónomo Municipal de Manejo Integral de los Desechos Sólidos de Francisco Linares Alcántara, se regirán de acuerdo a lo previsto en el ordenamiento jurídico vigente.

PARÁGRAFO ÚNICO: Todo lo no previsto en este Decreto se regirá por las normas contenidas en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y en las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

ARTÍCULO 6°: Este Decreto entrará en vigencia a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal.

ARTÍCULO 7º: Publíquese en la Gaceta Municipal Dado, firmado y sellado en el en el Despacho del Alcalde del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Bolivariano de Aragua, a los doce (27) días del mes de septiembre de dos mil Diecinueve (2019).

 

 

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ALEXIS REMIGIO DE LA CRUZ CASTRO

ALCALDE DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA

ACTA DE JURAMENTACIÓN N° 050/2013

GACETA MUNICIPAL N° 174/2013 DEL 13/12/2013


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