jueves, 10 de septiembre de 2020

MODELO DECRETO Exaltación a Patrimonio Cultural Intangible

                                                                         DECRETO 

Exaltación a Patrimonio Cultural Intangible

El Encuentro de Nazarenos de Santa Rita.

 

CONSIDERANDO

Que le corresponde al Alcalde  como Jefe de la Rama Ejecutiva Municipal, conforme a lo dispuesto en el Articulo 88 numeral 1 de la Ley Orgánica Del Poder Público Municipal,  Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución del Estado, Leyes Nacionales, Estadales, Ordenanzas y demás instrumentos jurídicos municipales.

CONSIDERANDO

Que le corresponde al Alcalde  como Jefe de la Rama Ejecutiva Municipal, conforme a lo establecido en el Artículo 88 numeral 3 de la Ley Orgánica Del Poder Público Municipal Dictar reglamentos, decretos, resoluciones y demás actos administrativos en la entidad local.

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela Consagra en su artículo 99 el derecho al patrimonio cultura  y le impone al estado la obligación de asegurar su goce, estableciendo  al efecto; “El Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible…

CONSIDERANDO

Que de conformidad a la providencia administrativa N° 012/05 del 30 de Junio del 2005 el Instituto de Patrimonio Cultural  en su artículo 07  reza “Los Órganos Estadales y Municipales  podrán declarar determinados bienes como Patrimonio Cultural…”

CONSIDERANDO

Que de conformidad a la providencia administrativa N° 012/05 del 30 de Junio del 2005 el Instituto de Patrimonio Cultural en su artículo 08 numeral 02, establece que las Manifestaciones colectivas de carácter Intangible son todas aquellas expresiones Ceremoniales, festivas o de procesos productivos de grupos de personas comunidades o sociedades que comparten una historia y propósitos comunes.

CONSIDERANDO

Que el Encuentro de Nazareno surge de la idea de congregar a todos los promeseros y devotos de Jesús de Nazaret cada miércoles Santo, con el fin de elevar las plegarias y agradecimientos por los favores concebido siendo esto parte de la fe cristiana.  La misma data del año 1983 iniciada por el padre Venancio Azpiroz y Jesús Urriza párrocos pioneros de la jurisdicción. Al pasar los años esta manifestación religiosa ha sido las más popular y concurrida del municipio. 

CONSIDERANDO

Que dicha manifestación venia realizándose reducidamente desde los años 40 donde el pueblo de Santa Rita se congregaba para conmemorar cada miércoles santa a Jesús de Nazaret, al llegar los padres españoles la manifestación se empezó a desarrollar con mayor fuerza debido a la concurrencia de las comunidades  representadas con la imagen del Nazareno. 

CONSIDERANDO

Que dicha Manifestación cuenta con la participación de aproximadamente 9 Iglesias de la Capital Linarense, 01 Sociedad Religiosa “Sociedad Religiosa del Nazareno de Santa Rita”, y un total de 15 a 20 Comunidades siendo variantes cada año, contando con la participación aproximada de dos mil fieles en esta congregación. 

CONSIDERANDO

Que en el marco de sus 30 años se realizo por primera vez el encuentro interparroquial de nazarenos, frente al ayuntamiento local siendo para ese año la actividad de mayor impacto  para la localidad.

 

DECRETA

Primero: Declarar y Enaltecer Como Patrimonio Cultura Intangible el Encuentro de Nazarenos de Santa Rita, por su transcendencia y popularidad de la fe cristiana, en el Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua.

Segundo: Notifíquese el presente decreto a la Feligresía y Devotos del Nazareno de la Población Linarense. Declarado y enaltecido como patrimonio Cultural Intangible del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, otorgando  los Honores Correspondientes.

Tercero: Publíquese en Gaceta Municipal

Cuarto: Tómese Juramento de Ley.

 

Dado y Firmado en el Despacho del Alcalde a los veintiocho  (28)  Días del Mes de Marzo del Año  Dos mil Dieciocho 2018.

 

 

Firma del Alcalde

 

 

 

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